El pasado 1 de agosto comenzó la cuenta regresiva del plazo final para que las empresas puedan habilitarse como emisoras de nómina electrónica. Según la Dian, esta nueva función estará dentro del sistema de facturación electrónica, y su habilitación se hará de manera progresiva, de acuerdo a la cantidad de empleados que tenga cada compañía.
De acuerdo con la Dian, el primer grupo serán las grandes empresas (empresas de más de 250 trabajadores), que deberán comenzar a realizar los envíos de manera mensual, independientemente de que se realicen pagos en periodos diferentes y dentro de los diez primeros días del mes siguiente al cual corresponde el pago.
Lectura recomendada
“La implementación de la nómina electrónica es un cambio importante para el sector del servicio temporal pues tanto los clientes como nosotros las EST debemos estar muy en sincronía para no perjudicarnos, así como lo hicimos con la facturación electrónica” – comenta Juan Fernando Mesa, Gerente de Ayuda Temporal del Caribe del grupo empresarial Aliados Productivos.
La nómina electrónica que debe ser enviada a la Dian y validada por esta, hace referencia a la generación del soporte del pago de la nómina electrónica, de acuerdo a los requerimientos técnicos la resolución 0013 de 11 de febrero de 2021. La nómina como tal es generada por el aplicativo de nómina que tenga cada software contable, o generada manualmente por cada empleador. Este es un procedimiento independiente a la generación de soporte de pago electrónico que se envía a la Dian, que es de lo que trata la resolución 0013 de 2021.
Lectura recomendada
¿Cómo funciona la nómina electrónica?
La generación del documento soporte de pago de nómina electrónica se debe hacer mediante un software que cumpla con las condiciones técnica señaladas por la Dian, y que debe estar validado y aprobado por esta.
Su implementación de acuerdo con el artículo 6 de la resolución 013 del 11 de febrero de 2021, modificado por la resolución 000037 del 2021, a la vez modificado por la resolución 000063 del 30 de julio de 2021, fija el plazo que tiene los empleadores para implementar la nómina electrónica de acuerdo al número de empleados que tenga.
Número de empleados | Fecha | ||
Más de 250 | 1/09/2021 | ||
De 101 a 250 | 1/10/2021 | ||
De 11 a 100 | 1/11/2021 | ||
De 1 a 10 | 1/12/2021 |
En conclusión, la nómina electrónica funciona igual que la factura electrónica, pudiéndose utilizar un software propio o contratar con u proveedor tecnológico especializado que preste el servicio. Así como sucedió con la facturación electrónica, en la nómina electrónica los distintos softwares de contabilidad integrarán la nómina electrónica como un servicio adicional.
En nuestro siguiente artículo podrás conocer más a profundidad lo más importante de esta resolución.
Escrito por: Juan Pablo Mesa Velásquez
Fuente: https://aliadosproductivos.com/2021/08/13/nomina-electronica-lo-basico-que-debes-saber/
_______________________________
Reproducido por Esperanza Herrera
Contenidos Digitales Ingenieros de Marketing